México, D. F., a 20 de agosto de 2010.- A fin de vigilar y verificar que los proveedores de bienes, productos y servicios relacionados con las temporadas vacacionales, ajusten su comportamiento a lo dispuesto por la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), y lo dispuesto en las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) de información comercial, seguridad y prácticas comerciales, la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) instrumentó en el país, del 5 de julio al 16 de agosto de 2010, la Segunda Etapa del Programa Nacional de Verificación y Vigilancia Vacacional y Turístico 2010. Como resultados de este Programa, la PROFECO informa que se practicaron poco más de 1,900 verificaciones en el país, en materia de comportamiento comercial, normas oficiales mexicanas y metrología, derivado de las cuales más de 300 establecimientos fueron emplazados a procedimiento administrativo por infracciones a la Ley por, entre otros, no exhibir precios, no respetar el precio exhibido y no exhibir el monto total de las tarifas.
Asimismo, en dichas verificaciones se verificaron más de 113 mil productos, como ropa, artículos acuáticos, accesorios para vestir, aparatos eléctricos y electrónicos, calzado deportivo, llantas, accesorios para automóviles, artículos de cuidad personal, accesorios de fotografía y celulares, alimentos enlatados y bebidas. De éstos, se inmovilizaron más de 4,600 por incumplimientos, tales como: carecer de leyenda que identifique el país de origen del producto, carecer de talla, ostentar el país de origen en idioma distinto al español, no indicar los insumos de los cuales esta hecho el producto, y en el caso de los productos electrónicos por carecer de instructivo, instructivo en idioma distinto al español y carecer de certificado de seguridad de cumplimiento NOM.
En materia metrológica, 354 básculas y 249 relojes registradores de tiempo se verificaron, inmovilizando 5 relojes y 11 básculas: 10 por no acreditar la calibración anual obligatoria, y 1 por estar fuera de la tolerancia permitida (120 gr.) Derivado de los procedimientos administrativos que se han iniciado por infracciones a la Ley, la PROFECO podrá, mediante resolución administrativa, imponer sanciones económicas por comportamiento comercial, en términos de la LFPC, de $ 571 a $ 2´236,925 pesos, y respecto de productos e instrumentos de medición, con base en la LFMN, desde $ 1,149 hasta $804,440 pesos.
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