PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR ACUERDO por el que se comunica que todos los trámites, servicios y formatos que aplica la Procuraduría Federal del Consumidor, han quedado inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Procuraduría Federal del Consumidor. ACUERDO POR EL QUE SE COMUNICA QUE TODOS LOS TRAMITES, SERVICIOS Y FORMATOS QUE APLICA LA PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR, HAN QUEDADO INSCRITOS EN EL REGISTRO FEDERAL DE TRAMITES Y SERVICIOS. MARIA EUGENIA BRACHO GONZALEZ, Procuradora Federal del Consumidor, con fundamento en el artículo 27 fracción I de la Ley Federal de Protección al Consumidor; 5o. del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor; 5o. del Estatuto Orgánico de la Procuraduría Federal del Consumidor; 69-M de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y el artículo 1o. transitorio fracción I del Decreto por el que se reforma la Ley Federal de Procedimiento Administrativo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de abril de 2000, y CONSIDERANDO Que la Procuraduría Federal del Consumidor, es un organismo público descentralizado de servicio social con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con la Ley Federal de Protección al Consumidor publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 1992; Que el día 27 de noviembre del año 2000 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo que modifica al diverso por el que se aprueban los formatos que deberán utilizarse para realizar trámites ante la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, el Centro Nacional de Metrología, el Consejo de Recursos Minerales, el Fideicomiso de Fomento Minero y la Procuraduría Federal del Consumidor mediante el cual, se dan a conocer los trámites ante la Procuraduría Federal del Consumidor, los cuales hacen un total de catorce, autorizándose asimismo dos formatos, en adición al publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 17 de enero de 2000; Que con fecha 13 de julio de 2001 fue presentado ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria el primer programa bianual de mejora regulatoria 2001-2003 de la Procuraduría Federal del Consumidor, mediante el cual se dio a conocer el programa de mejora regulatoria en relación con la normatividad y trámites que aplica la Procuraduría Federal del Consumidor; Que el 28 de septiembre de 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo mediante el cual se dan a conocer los trámites que se eliminan del Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, suprimiéndose los trámites denominados PROFECO-00-007. Registro Nacional de Proveedores y PROFECO-00-012. Teléfono del Consumidor; Que con fecha 27 de septiembre de 2002, a petición de la Procuraduría Federal del Consumidor, la Comisión Federal de Mejora Regulatoria actualizó la información inscrita en el Registro Federal de Trámites y Servicios relativa a los trámites que aplica la Procuraduría Federal del Consumidor, y Que el día 3 de abril de 2003 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo mediante el cual se modifican diversos trámites de la Procuraduría Federal del Consumidor inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios, quedando inscritos un total de diez trámites, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE COMUNICA QUE TODOS LOS TRAMITES, SERVICIOS Y FORMATOS QUE APLICA LA PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR, HAN QUEDADO INSCRITOS EN EL REGISTRO FEDERAL DE TRAMITES Y SERVICIOS ARTICULO PRIMERO.- Se comunica que la información relativa a los trámites, servicios y formatos que aplica la Procuraduría Federal del Consumidor ha quedado inscrita en el Registro Federal de Trámites y Servicios, de acuerdo a lo señalado en el artículo 69-M de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Las unidades administrativas de la Procuraduría Federal del Consumidor y sus Delegaciones, no exigirán trámites adicionales ni formatos a los señalados en el Registro Federal de Trámites y Servicios ni los aplicarán en forma distinta a como se establece en el mismo, salvo los que se refieren el artículo 69-Q de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. ARTICULO SEGUNDO.- La Procuraduría Federal del Consumidor notificará a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria cualquier modificación a la información inscrita en el Registro Federal de Trámites y Servicios, dentro de los diez días hábiles siguientes a que entre en vigor la disposición que fundamente dicha modificación, de conformidad con el artículo 69-N de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. TRANSITORIO UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. México, D.F., a 3 de junio de 2003.- La Procuradora Federal del Consumidor, María Eugenia Bracho González.- Rúbrica. (R.- 180469) 46 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 26 de junio de 2003